Aplicabilidad. El presente Anexo únicamente resulta de aplicación cuando el Cliente haya contratado la Aplicación en modalidad on-premise o self-hosted, esto es, desplegada sobre infraestructura propia del Cliente o de un tercero designado por este. En caso de contradicción con el Acuerdo Marco o con los restantes Anexos, prevalecerá lo dispuesto en el presente Anexo respecto de dicha modalidad.
 

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1. Objeto y licencia

1.1 Stratos concede al Cliente una licencia de uso no exclusiva, intransferible y temporal para la instalación y utilización de la Aplicación sobre infraestructura bajo control del Cliente, por el número de Usuarios Finales, Ítems y Proyectos contratados en la Orden de Pedido.

1.2 La licencia no comporta entrega ni cesión del código fuente. La Aplicación se entrega en formato desplegable, en los términos que Stratos determine.

1.3 El Cliente no podrá instalar la Aplicación en un número de entornos superior al contratado, ni facilitar su acceso a terceros ajenos a su organización, sin perjuicio de lo previsto en la cláusula 5.3 del Acuerdo Marco.

 

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2. Responsabilidad sobre la infraestructura

2.1 La infraestructura es responsabilidad exclusiva del Cliente. Corresponden al Cliente el dimensionamiento, la adquisición, la operación, la seguridad física y lógica, la conectividad, la alta disponibilidad y las copias de seguridad de los sistemas sobre los que se despliega la Aplicación.

2.2 El Cliente cumplirá los requisitos mínimos de sistema publicados por Stratos para la versión desplegada. El incumplimiento de dichos requisitos exonera a Stratos de responsabilidad por el funcionamiento de la Aplicación.

2.3 El Cliente será responsable de la aplicación de las actualizaciones y parches de seguridad del sistema operativo, del gestor de base de datos y de los restantes componentes de base.

 

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3. Niveles de servicio en modalidad on-premise

3.1 No resulta de aplicación compromiso alguno de disponibilidad. Al no operar Stratos la infraestructura, quedan sin efecto los compromisos de disponibilidad, RPO y RTO del Anexo III.

3.2 Sí resultan de aplicación los compromisos de Tiempo de Respuesta y Tiempo de Mitigación del Anexo III, así como las reglas de clasificación de severidad, triaje, escalado y exclusiones, con las siguientes particularidades:

  • El cómputo de los plazos se inicia con el registro de la solicitud en el canal autorizado y queda suspendido mientras Stratos no disponga del acceso remoto, de los registros o de la información necesarios para el diagnóstico.
  • No se clasificarán como S1 las incidencias cuya causa se localice en la infraestructura, la conectividad o los componentes de base bajo control del Cliente.
  • La reproducción de la incidencia en un entorno controlado por Stratos podrá ser condición previa a su escalado a los niveles L3 y superiores.

3.3 El Cliente facilitará a Stratos, cuando resulte necesario para el diagnóstico y con las garantías de seguridad que ambas Partes acuerden, acceso remoto al entorno, registros de sistema y de aplicación, y demás información técnica pertinente.

 

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4. Versiones y actualizaciones

4.1 Stratos pondrá a disposición del Cliente las versiones correctoras y evolutivas que publique durante la vigencia de la Suscripción. La instalación de dichas versiones corresponde al Cliente, salvo que se haya contratado el servicio de despliegue asistido.

4.2 Stratos prestará soporte únicamente sobre la versión vigente y sobre la inmediatamente anterior. Las incidencias que se manifiesten sobre versiones anteriores requerirán la actualización previa del entorno como condición para su tratamiento.

4.3 El Cliente se compromete a instalar las actualizaciones de seguridad calificadas como críticas por Stratos en el plazo máximo de treinta (30) días desde su puesta a disposición. El incumplimiento de esta obligación exonera a Stratos de responsabilidad por los daños derivados de la vulnerabilidad corregida.

 

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5. Protección de datos

En modalidad on-premise, el Cliente conserva el control efectivo sobre los datos personales alojados en su infraestructura. Stratos únicamente tendrá la condición de encargado del tratamiento respecto de los accesos que realice con ocasión de la prestación de soporte, resultando de aplicación el Anexo IV en cuanto a dichos accesos.

 

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6. Control de licencia

6.1 La Aplicación podrá incorporar mecanismos de verificación de la vigencia y el alcance de la licencia. El Cliente no podrá eludir, desactivar ni manipular dichos mecanismos.

6.2 Stratos podrá solicitar al Cliente, con periodicidad anual, información sobre el número de Usuarios Finales, Ítems y entornos desplegados, a efectos de verificación del cumplimiento del alcance contratado.

 

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7. Terminación

7.1 Extinguida la Suscripción, el Cliente cesará en el uso de la Aplicación y procederá a su desinstalación efectiva de todos los entornos en que se encuentre desplegada, en el plazo de treinta (30) días.

7.2 El Cliente acreditará dicha desinstalación mediante declaración responsable suscrita por persona con poder suficiente, remitida a Stratos dentro del referido plazo.

7.3 La información alojada en la infraestructura del Cliente permanece bajo su exclusivo control, correspondiéndole la aplicación de sus propias políticas de conservación y supresión. El Anexo V resultará de aplicación únicamente respecto de la información que obre en poder de Stratos.